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Los grupos y categorías profesionales son clasificaciones que organizan a los trabajadores según sus responsabilidades y nivel de formación.
Este artículo es una guía completa para entender las distinciones entre estos dos términos, cómo se lleva a cabo la clasificación actual, cómo determinar a cuál se pertenece y qué impacto tiene todo esto en la cotización y otros aspectos de la Seguridad Social.
Tras la reforma laboral de 2012, se introdujo el concepto de grupo profesional, que reemplazó a la categoría profesional. Ambos términos se han utilizado para clasificar a los trabajadores, pero presentan diferencias.
Esta nueva clasificación en 11 grupos tiene en cuenta las aptitudes, titulaciones y funciones reales de los trabajadores:
Existen varias formas de conocer a qué grupo corresponde un trabajador:
Los grupos profesionales están vinculados a las escalas salariales establecidas en los convenios colectivos. Esto implica que, cuanto mayor sea el grupo profesional, mayores serán la retribución, las competencias y la responsabilidad asignadas al puesto.
Además, los grupos profesionales están ligados a los grupos de cotización, lo que influye directamente en varios aspectos relacionados con distintas prestaciones de la Seguridad Social:
El grupo de cotización establece los límites mínimos y máximos para las bases de cotización. Por ejemplo, los trabajadores del Grupo 1 tienen bases de cotización más altas, mientras que los del Grupo 10 tienen bases más bajas. Según datos de la Seguridad Social, en 2025 las bases mínimas y máximas son:
Grupos de Cotización | Base mínima (euros al mes) | Base máxima (euros al mes) |
1 | 1.929,00 | 4.909,50 |
2 | 1.599,60 | 4.909,50 |
3 | 1.391,70 | 4.909,50 |
4 | 1.381,20 | 4.909,50 |
5 | 1.381,20 | 4.909,50 |
6 | 1.381,20 | 4.909,50 |
7 | 1.381,20 | 4.909,50 |
8 | 46,04 (euros al día) | 163,65 (euros al día) |
9 | 46,04 (euros al día) | 163,65 (euros al día) |
10 | 46,04 (euros al día) | 163,65 (euros al día) |
11 | 46,04 (euros al día) | 163,65 (euros al día) |
Las preguntas más comunes suelen estar relacionadas con errores en la asignación o con posibles cambios.
Sí, es posible, pero depende de quién lo solicite y bajo qué condiciones. Si el cambio lo realiza la empresa, puede ser un ascenso a un grupo superior, lo que implica un aumento de salario y responsabilidades. Sin embargo, este cambio debe estar justificado por las necesidades de la empresa.
Si se produce un descenso a un grupo inferior, debe haber razones organizativas, como una reestructuración. Además, no se puede reducir el salario sin acuerdo con el trabajador.
Si el cambio lo solicita el trabajador, puede reclamar un ascenso si realiza funciones de un grupo superior de forma habitual. Para ello, debe haber trabajado en esas tareas durante al menos 6 meses en un año u 8 meses en dos años.
En este caso, el trabajador debe presentar una solicitud por escrito a la empresa. Si no hay acuerdo, puede recurrir a la vía judicial.
Si la empresa asigna un grupo profesional inferior al que realmente corresponde, el trabajador tiene derecho a reclamar el ascenso, las diferencias salariales y la corrección de la cotización a la Seguridad Social.
Soy periodista por vocación. Me apasiona investigar y eso me llevó a trabajar como divulgadora científica. Más adelante, me especialicé en Comunicación Digital con enfoque SEO. Actualmente, combino mis dos pasiones creando contenido educativo que convierte temas complejos en información accesible y de valor.
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